| Instrumentos portátiles de análisis de la atmósfera: entrada en espacios cerrados | Según el programa del fabricante: habitualmente 6 o 12 meses | Instrucciones del fabricante. La Regla XI-1/7 del SOLAS exige el instrumento y exige que se provean medios adecuados para su calibración; no fija ningún intervalo. La Res. IMO MSC.581(110), párr. 7.2, recomienda que el análisis se realice con equipos debidamente calibrados y que se sigan estrictamente las instrucciones de los fabricantes. | Como mínimo oxígeno, gases o vapores inflamables, sulfuro de hidrógeno y monóxido de carbono, en un único instrumento o en varios |
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| Prueba de respuesta con gas (bump test), detectores de gas portátiles | Antes de cada uso | Instrucciones del fabricante y sistema de gestión de la seguridad (SGS) del buque conforme al Código ISM | Una prueba de respuesta demuestra la respuesta, no la exactitud. No es una calibración |
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| Gas de calibración: caducidad de la botella | Según la fecha de caducidad de la propia botella | Certificado de análisis del fabricante del gas. Las mezclas reactivas —en particular las de sulfuro de hidrógeno— tienen una caducidad más corta que las mezclas de oxígeno o de metano. | El gas caducado invalida el span; la botella se identifica en el certificado con su número de lote y su fecha de caducidad |
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| Sistemas fijos de detección y muestreo de gases | Según el programa del fabricante | Instrucciones del fabricante y sistema de mantenimiento planificado del buque conforme al Código ISM. Ningún instrumento normativo de la IMO fija un intervalo. | Líneas de muestreo y cadena de alarma comprobadas de extremo a extremo |
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| Instrumentos de presión, vacío y temperatura | Según el PMS o el ciclo de reconocimientos de clase | El SGS del buque conforme al Código ISM y las reglas de la sociedad de clasificación cuando el instrumento forma parte de un sistema sujeto a reconocimiento de clase | Ningún instrumento normativo de la IMO fija un intervalo de calibración para estos |
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| Sistemas de medición de tanques, cintas UTI, instrumentos de nivel | Según el programa del fabricante: habitualmente 12 meses para las cintas UTI | Instrucciones del fabricante; reglas de la sociedad de clasificación para la instalación de medición | Los inspectores y las terminales leen la fecha del certificado y la de la etiqueta de la cinta; ambas deben coincidir |
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| Verificación del ordenador de carga y del instrumento de estabilidad | Anual | Reglas de la sociedad de clasificación: comprobación frente a las condiciones de prueba aprobadas en cada reconocimiento anual | Repetir tras cualquier cambio de software o de las condiciones aprobadas |
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| Hidrocarburómetro: alarma de sentinas de 15 ppm | A intervalos no superiores a 5 años desde la puesta en servicio, o el plazo indicado en las instrucciones del fabricante, si este fuera menor | Res. IMO MEPC.107(49), párr. 4.2.11, sustituido por MEPC.285(70). La comprobación de la exactitud se realiza mediante calibración y ensayo efectuados por el fabricante o por personas autorizadas por él; como alternativa, la unidad se sustituye por otra calibrada. | La validez del certificado se comprueba en los reconocimientos anuales, intermedios y de renovación del IOPP; el certificado se conserva a bordo |
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| ODME: vigilancia y control de las descargas de hidrocarburos | Exactitud verificada en cada reconocimiento de renovación del Certificado IOPP: 5 años como máximo | Res. IMO MEPC.108(49), enmendada por MEPC.240(65), párr. 5.3, que se aplica a los ODME instalados en buques tanque cuya quilla se colocó el 1 de enero de 2005 o posteriormente; los equipos de buques tanque anteriores pueden regirse por A.393(X), A.496(XII), MEPC.13(19) o A.586(14). La Regla 31 del Anexo I del MARPOL exige el sistema en los buques tanque de arqueo bruto igual o superior a 150; las instrucciones del fabricante rigen cualquier intervalo más corto. | Se conserva a bordo el certificado de calibración en el que figura la fecha de la última comprobación de calibración |
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| Caudalímetros y equipos de medición de bunkers | Según el programa del fabricante | Instrucciones del fabricante. Algunos puertos imponen su propio régimen de verificación en virtud de la legislación metrológica nacional. | El Anexo VI del MARPOL exige notas de entrega de combustible, no la calibración de los contadores |
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| Llaves dinamométricas: herramientas manuales de par | 12 meses o 5.000 ciclos, lo que ocurra primero | ISO 6789-2:2017, apartado 4.1: valor por defecto aplicable cuando el usuario no aplica ningún procedimiento de control; cuando sí lo aplica, el intervalo se fija a partir de las condiciones de uso de la herramienta. La ISO 6789 solo cubre herramientas manuales de par. No es un requisito de la IMO. | Las herramientas motorizadas siguen las instrucciones del fabricante; toda herramienta se recalibra tras una sobrecarga, una reparación o un uso indebido |
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| Células de carga y dinamómetros para pruebas de carga | Certificado en vigor en el momento del ensayo | Requisitos de la clase y del pabellón para los equipos de ensayo utilizados conforme a la Regla II-1/3-13 del SOLAS (en vigor el 1 de enero de 2026) y al Convenio n.º 152 de la OIT | El intervalo es el del propio certificado del equipo de ensayo |
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| Patrones de referencia utilizados en el trabajo | Según el intervalo de recalibración propio de cada patrón | Cada patrón de referencia cuenta con su propio certificado de calibración emitido por el laboratorio que lo expidió, y ese certificado —el laboratorio emisor y su referencia— se identifica en el suyo, de modo que la cadena que hay detrás de una lectura es comprobable en su origen. No publicamos nuestra propia situación de acreditación en una página de marketing; lo que se posea para un alcance presupuestado se indica por escrito junto con el presupuesto. | Identificado en el certificado junto con la referencia de su propio certificado |
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| Recalibración tras una reparación, un cambio de sensor o un impacto | Según suceso | Instrucciones del fabricante y sistema de gestión de la seguridad (SGS) del buque conforme al Código ISM | También tras una verificación fallida, antes de que el instrumento vuelva a servicio |
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